El estudio analiza las conclusiones preliminares de la Comisión Europea contra TikTok, de las que informó Omnes en febrero, el caso estadounidense contra Meta y YouTube; el fundamento jurídico del Reglamento de Servicios Digitales (DSA); el concepto de addictive design; y la relación entre algoritmos, patrones oscuros (dark patterns) y protección de menores, y está fechado en mayo.
Una de las tesis principales de Mar Negreiro, jurista española especializada en Derecho digital y protección de consumidores, y su colaboradora, es que el problema jurídico no reside únicamente en los contenidos difundidos por las plataformas, sino en la propia arquitectura del servicio, diseñada para maximizar el tiempo de permanencia del usuario mediante mecanismos conductuales.
Riesgo para la salud mental
“The Commission preliminarily finds that TikTok needs to change the basic design of its service” (“La Comisión considera, con carácter preliminar, que TikTok debe modificar el diseño básico de su servicio”). El análisis de esta afirmación resume en buena parte la aportación del informe.
El problema jurídico ya no reside únicamente en los contenidos ilícitos o en el tratamiento de datos personales, sino también en el propio diseño de las plataformas digitales, cuando éste favorece conductas adictivas y pone en riesgo la salud mental, especialmente de menores y personas vulnerables.
El texto analiza un cambio de paradigma en la regulación de las grandes plataformas digitales. Hasta hace pocos años, la actuación de las autoridades se centraba en la retirada de contenidos ilegales, la protección de datos o las prácticas anticompetitivas.
Maximizar el tiempo de permanencia
Sin embargo, las investigaciones más recientes demuestran que el diseño de determinadas aplicaciones puede generar patrones de uso compulsivo que afectan al bienestar psicológico de los usuarios. Según la autora, las plataformas basan su modelo de negocio en maximizar el tiempo de permanencia de los usuarios para incrementar los ingresos publicitarios. Para ello emplean mecanismos que estimulan la liberación de dopamina mediante recompensas constantes y personalizadas, favoreciendo un uso repetitivo y prolongado.
En este contexto se sitúan las conclusiones preliminares de la Comisión Europea sobre TikTok, publicadas en febrero de 2026. La Comisión considera, tras una investigación todavía en curso, que determinadas funcionalidades de la plataforma —como el desplazamiento infinito (infinite scroll), la reproducción automática de vídeos (autoplay), las notificaciones continuas (push notifications) y los sistemas de recomendación altamente personalizados— generan riesgos sistémicos para la salud mental de menores y adultos vulnerables.
Indicadores objetivos de uso compulsivo
Asimismo, reprocha a la empresa no haber tenido suficientemente en cuenta indicadores objetivos de uso compulsivo, como el tiempo que los menores permanecen conectados durante la noche o la frecuencia con la que abren la aplicación. Si estas conclusiones se confirman definitivamente, TikTok podría enfrentarse a importantes sanciones económicas y, sobre todo, verse obligada a modificar aspectos esenciales de la arquitectura de su servicio.
El informe pone de relieve que esta actuación de la Comisión encuentra su fundamento jurídico en el Reglamento de Servicios Digitales (Digital Services Act o DSA). Aunque el Reglamento no utiliza expresamente la expresión addictive design, sí proporciona herramientas suficientes para actuar frente a estos riesgos.

Obligaciones legales, evaluar riesgos, protección de menores
En particular, el artículo 34 obliga a las plataformas de muy gran tamaño a identificar y evaluar los riesgos sistémicos que puedan afectar a la salud pública, al bienestar físico y mental de los usuarios y a la protección de los menores. Por su parte, el artículo 35 exige la adopción de medidas eficaces para reducir dichos riesgos.
Además, el artículo 25 prohíbe los diseños manipulativos de las interfaces digitales, conocidos como dark patterns, que alteran o limitan la capacidad de los usuarios para adoptar decisiones libres e informadas. Finalmente, el artículo 28 establece obligaciones específicas de protección de los menores en el entorno digital.
Fomento de hábitos difíciles de controlar, vulnerabilidad
La autora explica que el concepto de addictive design hace referencia a decisiones deliberadas de diseño destinadas a maximizar el compromiso del usuario con la plataforma mediante técnicas psicológicas que fomentan hábitos difíciles de controlar. No se trata únicamente de captar la atención, sino de crear dinámicas de interacción continuada que incentivan el consumo permanente de contenidos.
Esta cuestión resulta especialmente preocupante en adolescentes, cuyo desarrollo cognitivo y emocional los hace más vulnerables a este tipo de estrategias persuasivas. Diversos estudios citados en el informe relacionan el uso excesivo de las redes sociales con mayores niveles de ansiedad, depresión, alteraciones del sueño, disminución de la capacidad de atención y menor control de los impulsos.
Caso estadounidense
El informe establece asimismo un interesante paralelismo con la evolución del derecho estadounidense. En marzo de 2026, un jurado de Estados Unidos declaró responsables a Meta y YouTube por el carácter adictivo del diseño de sus plataformas. Aunque la indemnización económica fue relativamente reducida, el valor jurídico de la decisión radica en que constituye el primer precedente en el que un tribunal considera negligente el diseño mismo de una red social.
Según la autora, esta resolución puede incentivar cambios en la configuración de las plataformas para evitar futuras responsabilidades judiciales tanto en Estados Unidos como en otros ordenamientos.
‘Patrones oscuros’ dificultan abandonar la aplicación
Otro de los aspectos más relevantes del análisis es la estrecha relación entre los algoritmos de recomendación, los dark patterns y la protección de los menores.
Los algoritmos seleccionan contenidos altamente personalizados para mantener el interés del usuario durante el mayor tiempo posible, mientras que los patrones oscuros dificultan abandonar la aplicación o interrumpir el consumo continuo de contenidos. La combinación de ambas técnicas incrementa significativamente el riesgo de comportamientos compulsivos.
Por ello, Negreiro sostiene que la protección efectiva de los menores no puede descansar exclusivamente en restricciones de edad o en mecanismos de control parental, ya que estas soluciones desplazan la responsabilidad hacia las familias sin corregir el problema estructural: un diseño empresarial concebido para maximizar la permanencia de los usuarios.
Futura regulación: en qué consiste “un diseño aceptable”
Finalmente, el informe concluye que la futura regulación europea deberá avanzar hacia un modelo de “fairness by design” (equidad desde el diseño), en el que la protección de los consumidores y, especialmente, de los menores, quede incorporada desde el propio diseño tecnológico de las plataformas.
En este sentido, el futuro Digital Fairness Act podría reforzar las obligaciones ya previstas en el DSA e imponer límites más estrictos a las funcionalidades manipulativas.
Como resume la jurista, “el reto de esta investigación es evaluar qué constituye un diseño aceptable”. Una cuestión que trasciende el ámbito tecnológico y plantea un debate de fondo sobre la compatibilidad entre los actuales modelos de negocio de las grandes plataformas digitales y la protección efectiva de los derechos fundamentales de los usuarios más vulnerables.
El Parlamento europeo, activo en este asunto
El Parlamento Europeo se ha mostrado activo en esta cuestión. En una resolución de diciembre de 2023 sobre el diseño adictivo de los servicios on line, pidió que se pusiera fin a los “patrones oscuros” y a las lagunas en la protección de los consumidores en Internet.
La cuestión también se ha abordado más recientemente en el informe de iniciativa propia de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (IMCO) sobre la protección de los menores en Internet y en otro informe sobre el impacto de las redes sociales y el entorno en línea en los jóvenes que está elaborando la Comisión de Cultura y Educación.





