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La Corte Interamericana y los nuevos derechos humanos

El doctor en Derecho y profesor de Filosofía del Derecho Max Silva Abbott reflexiona sobre las repercusiones en materia de "derechos humanos" que está suscitando el caso Pavez contra Chile.

Max Silva Abbott·11 de marzo de 2021·Tiempo de lectura: 3 minutos
libertad religiosa chile

Como se sabe, probablemente durante este año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictará sentencia en el caso Pavez vs Chile, el de la profesora de religión cuya licencia para enseñar esa materia fue revocada, por ser incompatible con su forma de vida, al haber entablado una relación sentimental pública con otra mujer.

Algunos antecedentes

Ya anteriormente, la Comisión Interamericana, órgano por cuya revisión debe pasar el caso necesariamente primero, señaló no sólo que consideraba la medida discriminatoria, sino además, que las instituciones religiosas no tenían derecho a exigir de sus profesores una coherencia entre su modo de vida y las creencias que enseñan. 

Ahora, como no se llegó a acuerdo con el Estado, la propia Comisión lo ha demandado ante la Corte, presagiándose con mucha seguridad una sentencia condenatoria con argumentos similares. Todo lo cual afectará, tanto en Chile como en toda Iberoamérica, la autonomía de las instituciones religiosas y el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa de acuerdo a sus propias convicciones. Ello, pues muchos activistas y jueces nacionales, ven en los fallos de este tribunal, una especie de sistema de precedentes en materia de derechos humanos, que deben ser seguidos sin rechistar por todos los países de la región.

Coherencia

En realidad, lo señalado por la Comisión no deja de ser sorprendente. Ello, máxime si se recuerda que en las últimas semanas, esta “coherencia” entre las convicciones personales y lo “políticamente correcto”, sea cual sea el trabajo en que los sujetos se desempeñen, ha sido exigida hasta el paroxismo en algunos países, como Estados Unidos, generándose una verdadera caza de brujas hacia quienes tengan cualquier atisbo de pensamiento conservador. Sin embargo, parece que esta coherencia se exige e incluso se impone sólo en una sola dirección.

El derecho de la institución

Ahora bien, resulta evidente que cualquier institución religiosa tiene derecho a profesar su propio credo. También y por razones evidentes, a seleccionar o desvincular en su caso, al personal idóneo para enseñarlo. Lo contrario equivaldría a un auténtico “suicidio” como institución. A esto debe agregarse que a nadie se obliga a abrazar una creencia. Mas, lo que no puede ocurrir, es que una persona pretenda seguir enseñando este credo y al mismo tiempo, contradecir de manera grave y deliberada preceptos importantes del mismo.

Sin embargo, si este último argumento es de toda lógica y se enmarca dentro del derecho humano básico de la libertad de conciencia, ¿cómo es posible que en nombre de estos mismos derechos se llegue a conclusiones tan diferentes? 

Origen de los derechos humanos

La razón fundamental se debe a que en la actualidad, para vastos sectores, los derechos humanos no dependen de una realidad o naturaleza humana a descubrir, sino que son un dato a inventar, a construir y reconstruir de manera constante a nuestro antojo, en teoría, mediante consensos nacionales e internacionales. 

Por lo tanto, si se alejan cada vez más de cualquier cosa que se asemeje a una Ley Natural, no es de extrañar que estos “nuevos derechos humanos” (para diferenciarlos de los anteriores), vayan evolucionando cada vez por caminos más alejados de su primigenio sentido e incluso, en abierta oposición al mismo. 

En realidad, a tal punto ha llegado este proceso, que hoy por hoy, casi cualquier cosa puede acabar convirtiéndose en un “derecho humano”. Y en esta labor, las sentencias que dictan diversos tribunales internacionales sobre el particular, están adquiriendo cada vez más importancia e influencia.

Los derechos humanos como talismán

El problema, sin embargo, es que la noción misma de “derechos humanos”, se ha convertido en un auténtico dogma de nuestras sociedades occidentales, o si se prefiere, en una especie de talismán. De ahí que pese a la evolución mencionada, todo lo que ellos “toquen”, se sacralice en cierta medida, lo cual hace que para vastos sectores, estas materias, por absurdas o polémicas que sean, acaben siendo prácticamente indiscutibles y no admitan divergencia o crítica alguna. E incluso, por tratarse de “derechos humanos”, debieran ponerse en práctica de la manera más rápida y completa posible.

Por tanto, de forma contraria a sus primitivas intenciones y gracias al prestigio casi irresistible que aún tienen, los actuales derechos humanos están siendo utilizados como un notable instrumento para imponer un pensamiento único, al menos en Occidente. Este pensamiento único pretende afectar todas las esferas de la vida, razón por la cual, muchos consideran que debe ser el propio Estado quien los ponga en práctica, incentivando su cumplimiento, previniendo sus posibles violaciones, y castigando duramente a quienes los incumplan. 

Es por eso que más allá de las apariencias, estos nuevos “derechos humanos”, ya no son lo que muchos creen, y están adquiriendo un cariz cada vez más amenazante, limitando día a día nuestras libertades. Resulta imperioso así, tomar conciencia de este delicado y peligroso fenómeno. 

El autorMax Silva Abbott

Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra y Profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad San Sebastián (Chile).

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