La vulneración de derechos fundamentales y las libertades de los padres y de los creadores de centros docentes son ejes nucleares en los que están basando sus denuncias y recursos ante las instituciones europeas plataformas como Más plurales, que tienen como referencia el Tratado de Funcionamiento de las Unión Europea y otras legislaciones comunitarias.
Así lo ha señalado el abogado Jesús Muñoz de Priego Alvear, abogado y asesor jurídico de numerosas instituciones, portavoz y coordinador de “enLibertad” y portavoz también de la plataforma Más Plurales, en un nuevo espacio de reflexión del CARF, que abordó la nueva ley orgánica de Modificación de la LOE (Lomloe), bajo el título ¿A qué nos obliga la ley Celaá?
Muñoz de Priego citó la Carta Europea de Derechos Humanos y comentó la denuncia de Más Plurales ante la Comisión Europea, que solicita a Bruselas que inicie el recurso de incumplimiento en el que la Plataforma quiere ser considerada parte interesada.
Como entidad que representa a la gran mayoría de los centros de iniciativa social o centros concertados, la plataforma considera que la Lomloe pone en grave riesgo de vulneración derechos fundamentales reconocidos en la normativa comunitaria y en la Constitución española.
En concreto, se trata de la libertad de enseñanza establecida en el artículo 27 de la Constitución española, al convertir la enseñanza concertada en subsidiaria de la pública; la libertad de creación de centros al limitar la posibilidad de apertura de nuevos centros con ideario propio, y con ello el pluralismo del sistema educativo (arts. 14.3 y 16 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales); y el derecho de los padres a elegir al educación que quieren para sus hijos confirme a sus convicciones.
Se elimina la demanda social
En su intervención, el ponente subrayó que se va “hacia un monopolio de una escuela única pública” al “desaparecer” el concepto de “demanda social” (solicitud de padres y familias) como criterio a tener en cuenta en la programación de la oferta de plazas escolares sostenidas con fondos públicos. A partir de esta ley, esta programación será decidida por la Administración pública, sin tener en cuenta la voluntad de las familias (art. 14.3 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales).
“La Administración quiere distribuir al alumnado entre centros como si fuera naipes”, con un criterio de “zonificación estricta”, que algunos organismos internacionales han reconocido que lleva a la implantación de “ghettos educativos”, añadió Muñoz de Priego. Los más perjudicados por “una planificación unilateral de la Administración” serán “las familias con menos recursos económicos, las más pobres”, porque las de mayores recursos pueden elegir.
La Lomloe “es la peor ley educativa de la democracia”, señaló el portavoz de Más plurales, “por el momento elegido, en plena pandemia, por el escaso debate parlamentario y nulo debate social, y por su contenido. La sociedad demandaba un pacto de Estado sobre la educación, y surge una ley sin consenso, porque el gobierno no ha buscado el diálogo”.
Un nuevo derecho a la educación pública
“La nueva ley profundiza en los principios de la LOE, que fracasó”, añadió el jurista, “alienta el cierre de unidades con demanda social, concertadas” y “se inventa un nuevo derecho, el derecho a la educación pública”. Es decir, “frente al derecho a la educación, que es el único reconocido constitucionalmente, y que supone el acceso universal a la enseñanza, y que se garantiza por parte de los poderes públicos con plazas gratuitas con independencia de la titularidad del centro donde estén esas plazas, sea pública o de iniciativa social, concertada, […], sólo se garantiza el derecho a la educación en las plazas de centros públicos”.
Esto que parece algo teórico, “tiene al final un efecto práctico inmediato”, señaló Jesús Muñoz de Priego. “Así, la Lomloe, en el artículo 15, basado en ese concepto del derecho a la educación pública, establece que en 0-3 años, lo que tiene que garantizar la Administración es que todos los alumnos que quieren escolarizarse lo deban poder hacer en una plaza pública; y el 109 habla de que en las zonas de nueva población lo que hay que garantizar es la existencia de plazas públicas suficientes para atender la totalidad de la demanda. El art. 109.5 hace incluso una referencia expresa a que se incrementarán las unidades públicas, de una manera discrecional por parte de la Administración”.
“Esto va a provocar que en determinadas comunidades autónomas se van a crear artificialmente nuevos centros públicos con nuevas plazas públicas, plazas que no son necesarias y que nadie ha pedido”, manifestó el portavoz de Más Plurales. “Y como consecuencia de esta regulación de la Lomloe, eso provocará la reducción de más unidades concertadas de demanda social para llenar de alumnos esas aulas públicas de nueva creación, que no son necesarias y que nadie ha pedido·”.
Se posterga la asignatura de Religión
Otro elemento analizado de la nueva ley Celaá fue la asignatura de Religión. “Se posterga aún más la asignatura, que en la práctica queda fuera del sistema educativo. Porque no cumple los requisitos de cualquier otra”. “La asignatura de Religión no es catequesis, es una asignatura dentro del sistema educativo. Si se le eliminan las referencias de lo que supone cualquier otra asignatura, en la práctica, se la está sacando del sistema”, manifestó el jurista.
La asignatura lleva ya “un calvario enorme”, comentó Muñoz de Priego en el encuentro del CARF, “y es previsible saber en qué situación se va a colocar, o antes o después”. En su opinión, “se vuelve a pedir una heroicidad a aquellos alumnos que quieran elegir la asignatura de Religión, tres millones de familias, cuando además no le va a contar para nada, ni a efectos de becas o de promoción, por ejemplo”.
El jurista subrayó que “el pacto entre el Estado español y la Santa Sede establece que la asignatura de Religión debe tener el tratamiento de asignatura fundamental. ¿Se imaginan este tratamiento con Matemáticas, por ejemplo?”.