Finanzas en la Hermandad

No basta el entusiasmo y la buena voluntad para gestionar y sacar adelante una hermandad, es necesario soportarla en un trabajo callado, oscuro, generoso y realizado además con el máximo rigor y profesionalidad

16 de octubre de 2022·Tiempo de lectura: 3 minutos
finanzas

Puede resultar extraño que en una publicación enfocada a proporcionar “una mirada católica a la actualidad” se presente una colaboración sobre contabilidad y finanzas, aunque éstas se refieran al mundo de las hermandades.

Una hermandad es una asociación razonablemente compleja y tiene que generar y aplicar recursos económicos para la realización de sus fines en el tiempo, para su sostenibilidad, como cualquier otra organización.

Hay una particularidad, las hermandades no son entes autónomos, una hermandad no existe hasta que la autoridad diocesana no la reconoce e inscribe como tal. Es la autoridad canónica quien la dota de personalidad jurídica. Desde ese momento todo lo relativo a su funcionamiento está sujeto a la legislación canónica.

Tampoco adquiere personalidad jurídica civil hasta que no está inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, quedando sometida a las normas civiles que le afecten.

¿Qué consecuencias tiene esto en los temas económicos? En lo que se refiere a su personalidad canónica, el Código de Derecho Canónico (canon 1257) deja claro que «todos los bienes temporales que pertenecen a la Iglesia universal, a la Sede Apostólica o a otras personas jurídicas públicas en la Iglesia, son bienes eclesiásticos».

En coherencia con esto, la hermandad «administra sus bienes bajo la superior dirección de la autoridad eclesiástica (canon 319.§1)».

En lo que se refiere a su personalidad civil a las hermandades les alcanza la Ley de Transparencia (Ley 19/2013) que obliga a las entidades que reciban fondos públicos, entre las que se encuentra la Iglesia y asociaciones que formen parte de ella, «a la llevanza de una contabilidad transparente y homologable, y al acceso de cualquier ciudadano a la información publicada por esas entidades».

Hay una cuestión en la que ambas administraciones, canónica y civil, coinciden: la obligación de llevar una contabilidad transparente y homologable y de que sus cuentas sean públicas y accesibles a cualquier ciudadano, hermano o no. Unas cuentas que han de abarcar años naturales, han de ser aprobadas por el Cabildo General a los dos meses del cierre del ejercicio, es decir el 28 de febrero, y posteriormente depositadas en el Protectorado Canónico, que viene a ser el como Registro Mercantil de las hermandades.

Algo más: los temas fiscales. El ordenamiento jurídico español reconoce beneficios tributarios a las confesiones religiosas, y hermandades, a las que equipara, a efectos de tributación, con las entidades sin ánimo de lucro cuyos fines son considerados de interés general. Esta consideración supone un régimen económico y fiscal más favorable, pero es preciso realizar una serie de trámites administrativos para ser reconocidas formalmente como tales.

No terminan aquí las cuitas administrativas de las hermandades. Precisamente por su carácter de entidades sin ánimo de lucro, los donativos que realicen personas físicas o jurídicas –normalmente los hermanos- generan derecho a deducciones fiscales. Entre esos donativos están las cuotas que normalmente se pagan u otros donativos extraordinarios para caridad o cualquier otro fin.

Esto también supone una carga administrativa añadida a la hermandad, que cada año, en el mes de enero tendrá que comunicara la Agencia Tributaria quiénes son los donantes y el importe total de la donación (Mod. 182) y expedirles el correspondiente certificado.

En determinadas circunstancias estarían también obligadas a presentar declaración del Impuesto de Sociedades (Ley 49/2002).

Comprendo que todas estas consideraciones pueden resultar y tediosas a los responsables de las hermandades, incluso molestas. Es mucho más agradable dedicarse a los aspectos esenciales: preparar los cultos anuales o la salida procesional, organizar alguna conferencia o charla de formación para los hermanos y atender la Bolsa de Caridad, entre otras cosas, pero todas esas actividades se soportan necesariamente en tareas administrativas fastidiosas pero imprescindibles. No basta el entusiasmo y la buena voluntad para gestionar y sacar adelante una hermandad, es necesario soportarla en un trabajo callado, oscuro, generoso y realizado además con el máximo rigor y profesionalidad.

Una última consideración, aunque mucha gente no lo sepa las hermandades tienen una doble contabilidad: la que llevan los responsables económicos en sus libros y la que van llevando simultáneamente en el Cielo, en ésta las partidas del Debe y el Haber son anotadas por Cristo y revisadas por su Madre.

El autorIgnacio Valduérteles

Doctor en Administración de Empresas. Director del Instituto de Investigación Aplicada a la Pyme Hermano Mayor (2017-2020) de la Hermandad de la Soledad de San Lorenzo, en Sevilla. Ha publicado varios libros, monografías y artículos sobre las hermandades.

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