Examino las notas de prensa más recientes del Consejo General del Poder Judicial sobre abuso sexuales en menores. Hay que remontarse a octubre de 2021 para localizar una condena a un sacerdote católico.
Todo abuso contra un menor es un crimen horrendo. Pero, ¿realmente debe el Parlamento español crear una comisión para los abusos sexuales en menores por parte de sacerdotes y religiosos, cuando los abusos son cometidos en igual o mayor medida en la propia familia o por diversos profesionales en el campo de la infancia y la juventud?
Examino también la prensa digital acerca de mismo tema: condena de un pastor evangélico por abusos sexuales a menores de edad, condena al imán de una mezquita por abusos contra menores de 12 y 13 años…
Todo abuso contra un menor es un crimen espantoso. ¿Realmente debe el Parlamento español crear una comisión para los abusos sexuales en la Iglesia católica, cuando los abusos existen también en otras confesiones religiosas? ¿No resulta esto claramente discriminatorio?
Una comisión parlamentaria por parte del Defensor del Pueblo supone jurídicamente dos cosas. Primera: no tienen que responder del cumplimiento de las garantías procedimentales (presunción de inocencia, medios jurídicos de defensa, recursos…) de las que sí deben responder siempre los juzgados y tribunales. Segunda: no pueden imponer penas o indemnizaciones sobre los culpables, porque el papel del Parlamento es legislativo, nunca judicial. ¿Realmente debe el Parlamento español crear una comisión para los abusos sexuales en menores por parte de sacerdotes y religiosos, cuando no se observan las garantías mínimas del Estado de Derecho y no se va a reparar a las víctimas de forma efectiva? La normativa sobre protección de datos en la Unión Europea podría exigir —y los usos sociales sobre el tema, aconsejar— que en la investigación parlamentaria se omitieran los nombres de las víctimas y de los abusadores.
Todo abuso contra un menor es un crimen execrable. Pero, ¿realmente debe el Parlamento crear una comisión ad hoc para los abusos sexuales en menores por parte de sacerdotes y religiosos, cuando al final sólo podremos ponerle rostro a una institución, la Iglesia católica, que desde hace años lucha contra los abusos sexuales sobre menores? ¿No es esto, lisa y llanamente, inquisición laica? Se mire por donde se mire, la creación de una comisión parlamentaria o de una misión del Defensor del Pueblo para los abusos en menores por parte de sacerdotes y religiosos no es jurídicamente sostenible. Sencillamente: es una maniobra ideológica. Y por eso es inadmisible.