El Papa Francisco lo había prometido hacía poco tiempo y así ha llegado el Rito de Institución del Ministerio Laical de Catequista, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022. La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, de hecho, ha emitido recientemente el Decreto con el que publica la editio typica del citado rito en latín, tal como se anunció en la Carta Apostólica en forma de «motu proprio» Antiquum ministerium del pasado 10 de mayo.
El planteamiento con el que el Pontífice decidió llegar a esta institución está recogido en el n. 5 del motu proprio: «fidelidad al pasado y responsabilidad por el presente», con el objetivo de reavivar la misión de la Iglesia en el mundo, pudiendo contar así con testigos creíbles, activos y disponibles en la vida de la comunidad, que estén debidamente formados y realicen esta tarea de forma «estable».
Perfil por definir
De ahí la necesidad de establecer este ministerio a través de un rito, como es el caso de los lectores y acólitos. Evidentemente, corresponderá a cada conferencia episcopal, también según sus propias necesidades pastorales, establecer y regular su ejercicio «en cuanto a la duración, el contenido y las modalidades», como explicó el Prefecto del Culto Divino, monseñor Arthur Roche.
En la carta enviada a los presidentes de las conferencias episcopales de todo el mundo, se especifica también que, para evitar malentendidos, «es necesario tener en cuenta que el término ‘catequista’ indica realidades diferentes en relación con el contexto eclesial en el que se utiliza el término». Por lo tanto, no está indicado que sean instituidos como catequistas los que ya han sido admitidos al diaconado y al presbiterado, los religiosos en general o los que enseñan religión católica en las escuelas.
Fuerte valor vocacional
Dado que este ministerio tiene «un fuerte valor vocacional que requiere el debido discernimiento por parte del Obispo», ni siquiera es conveniente que lo reciban todos aquellos que se limitan a acompañar en el camino de iniciación de niños, jóvenes y adultos; a éstos les basta -y se recomienda- entregar «al inicio de cada año catequético, un mandato eclesial público con el que se les confía esta indispensable función».
Por el contrario, conviene que reciban el mandato específico de catequista quienes ya «realizan el servicio del mensaje de manera más específica» y normalmente «permanecen en la comunidad como testigos de la fe, maestros y ‘mistagogos’, acompañantes y pedagogos disponibles para favorecer, en todo lo posible, la vida de los fieles, a fin de que sean conformes al bautismo recibido».
Por ello, se prescribe que colaboren con los ministros ordenados en las diversas formas de apostolado, «desempeñando, bajo la guía de los pastores, múltiples funciones», como, por ejemplo: guía de la oración comunitaria; asistencia a los enfermos; guía de las celebraciones de las exequias; formación y la guía a otros Catequistas; coordinación de iniciativas pastorales; promoción humana según la doctrina social de la Iglesia; ayuda a los pobres; fomento de las relaciones entre la comunidad y los ministros ordenados.
Por lo tanto, está en manos de las conferencias episcopales clarificar bien, según su propio territorio y sus propias necesidades pastorales, el perfil más específico del catequista, pensando también en los cursos de formación y en la preparación de las comunidades para comprender su significado.
El papel específico del obispo
Un papel específico lo desempeña el obispo diocesano, que está llamado a considerar las necesidades de la comunidad y a discernir las capacidades de los candidatos, «hombres y mujeres que han recibido los sacramentos de la iniciación cristiana y han presentado libremente una petición escrita y firmada al obispo diocesano». Será él, o un sacerdote delegado por él, quien confiera el ministerio de catequista, durante una misa o la celebración de la Palabra de Dios.
El rito prevé, «después de la liturgia de la Palabra, una exhortación sobre el papel de los catequistas; una invitación a la oración; un texto de bendición y la entrega del crucifijo».