América Latina

Chile: triunfo para la libertad religiosa

Después de varios vaivenes respecto al derecho de ejercicio de culto, que está contemplado en la Constitución del país, la Corte Suprema de Chile ha emitido un fallo unánime en favor de la asistencia a Misa.

Pablo Aguilera·25 de marzo de 2021·Tiempo de lectura: 2 minutos
libertad religiosa en chile

Foto: Thomas Vitali / Unsplash

Durante la fase más dura de la pandemia de Covid los obispos de la Iglesia en Chile, siguiendo las instrucciones del Ministerio de Salud, han dado una serie de indicaciones sobre las ceremonias litúrgicas: los fieles han quedado eximidos del precepto dominical, se han establecido medidas de prevención como el uso obligatorio de mascarilla, distancia física en el interior de los templos, suprimir el saludo de la paz, administrar la Comunión en la mano, respetar aforos en las celebraciones, etc. 

Una vulneración de derechos

En la denominada fase 1 (cuarentena), todos los ciudadanos deben permanecer en sus casas toda la semana, excepto los que tienen permiso expreso por razón de trabajo o para realizar actividades esenciales (compras en el supermercado y farmacia, funerales, hora médica, etc.) y, además, están prohibidas las Misas con presencia de fieles. 

El pasado 12 de marzo el Gobierno extendió la prohibición de Misas presenciales a las comunas que se encontrasen en fase 2 (libertad de circulación de lunes a viernes y cuarentena los fines de semana y festivos). Inmediatamente la Conferencia Episcopal elevó una fuerte protesta pública por considerar que se vulneraba injustamente la libertad religiosa. Al día siguiente el Ministerio de Salud reconoció su error y revirtió la medida.

Pidiendo protección

Paralelamente la Corporación “Comunidad y Justicia” acudió a una Corte de Apelaciones pidiendo que se protegiera la libertad religiosa asegurada en la Constitución del país, pues la prohibición de que los católicos vayan a Misa vulnera “el derecho al libre ejercicio del culto”. Dicha Corte rechazó el recurso, señalando que era suficiente que los católicos participaran en Misa por internet.

Comunidad y Justicia recurrió, entonces, a la Corte Suprema en contra del ministro de Salud por el acto ilegal y arbitrario de extender la prohibición de celebrar eventos con público, aplicable a las comunas en cuarentena y, en días laborales en comunas en fase 2, a las Misas y demás cultos religiosos. Señalaron que, aunque el Ministerio de Salud puede restringir ciertos derechos, “ello no autoriza a suspenderlos o afectarlos en su esencia, como en los hechos ocurre al impedir a los católicos asistir a la Misa (…), lo cual vulnera su derecho al libre ejercicio del culto, garantizado en la Constitución”.

El fallo de la Corte Suprema

El obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González, elaboró, como abogado, un informe a la Corte para rechazar las prohibiciones. Solicita que se precise “si puede la misma autoridad de los tribunales, como ha sucedido (en Arica y Concepción), señalar que la asistencia telemática a un acto religioso es suficiente para satisfacer la necesidad espiritual de una persona”. 

Coincide el decano de la Facultad de Derecho de la U. Finis Terrae, Ignacio Covarrubias, quien señala que la libertad de culto “en el caso de los católicos es un derecho sensible que no puede ser puesto a un nivel similar a otros derechos como la libre circulación o el comercio”.

El 24 de marzo la Corte Suprema en un fallo unánime determinó que las  personas que se encuentren en fase 1 (cuarentena) o fase 2 podrán asistir a tales ceremonias religiosas, siempre y cuando se respete el aforo dispuesto por la autoridad sanitaria.

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