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Mujeres en puestos de gobierno de la Iglesia: no es cuestión de paridad

Los nombramientos de dos mujeres, en este caso religiosas, para diferentes puestos de gobierno en la Santa Sede son un indicativo de la normalización de la presencia femenina en tareas que cualquier laico puede asumir dentro de la Iglesia.

Maria José Atienza·22 de septiembre de 2021·Tiempo de lectura: 3 minutos
MUJER

Foto: Thomas Vitali/unsplash

Los nombramientos de Nathalie Becquart como subsecretaria del Sínodo de Obispos y de Alessandra Smerilli como secretaria del Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral han vuelto a poner en primer plano el papel de la mujer en puestos de gobierno en la Iglesia católica, su necesidad y, sobre todo, la normalización de la presencia femenina en sectores eclesiales no ligados al ministerio sacerdotal.

Mónica Montero, abogada y copresidenta de la Sección de Derecho Canónico del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid señala los pasos que se están dando en la ruptura del “techo de cristal” que, en ocasiones, se ha podido dar en estos sectores y la mayor presencia de mujeres, sobre todo, laicas, en puestos de gobierno tanto de diócesis como en la propia Santa Sede  

En los puestos de gobierno de la Iglesia que no requieren la ordenación sacerdotal se trata más bien de romper el techo de cristal que existe

Mónica MonteroAbogada

En los últimos años hemos ido viendo nombramientos de mujeres en puestos de gobierno de la Iglesia tradicionalmente desempeñados por hombres y especialmente, sacerdotes. Jurídicamente, ¿esto ha supuesto algún cambio o simplemente era “tradición”?

–Jurídicamente, aun cuando no se refiere a puestos de gobierno, el cambio de mentalidad y la puesta en marcha por el Papa de esa voluntad de que todos los fieles puedan participar de la misión de la Iglesia tiene su efecto en la modificación, por ejemplo del canon 230, para que la mujer acceda al ministerio de lector y acolito, al otorgar de un estatus, una forma jurídica concreta y determinada para el ministerio laical de catequista o al permitir que dos de los tres jueces que enjuicie una causa de nulidad matrimonial sean laicos, conforme el canon 1673.3 (reformado por el Mitis Iudex Dominus Iesus), sin necesidad de que estos nombramiento requieran la autorización de la Conferencia Episcopal, como se regulaba antes.

En los puestos de gobierno de la Iglesia que no requieren la ordenación sacerdotal se trata más bien de romper el techo de cristal que existe. El Papa Francisco, ha exhortado para que el papel de los laicos y en especial que las mujeres tengan una mayor consideración. Se trata de romper con una larga tradición clericalista, tal y como ha indicado en el documento de preparación para el Sínodo de los Obispos sobre la Sinodalidad que se dio a conocer el pasado día 7 de septiembre de 2021:

“La Iglesia entera está llamada a confrontarse con el peso de una cultura impregnada de clericalismo, heredada de su historia, y de formas de ejercicio de la autoridad en las que se insertan los diversos tipos de abuso (de poder, económicos, de conciencia, sexuales). Es impensable «una conversión del accionar eclesial sin la participación activa de todos los integrantes del Pueblo de Dios» (Francisco, Carta al Pueblo de Dios (20 de agosto de 2018, preámbulo n 2).

El Papa Francisco, ha querido dar ejemplo, confrontándose con el clericalismo, con estos nombramientos, pero bien es cierto que aun se requiere dar más pasos y a todos los niveles, no solo en la Santa Sede, sino también en las Iglesias particulares, para que las mujeres que cuenten con la valía requerida y superen el proceso de selección, tengan la posibilidad de ser nombradas para los cargos de jueces, canciller, ecónomo, etc.

En cualquier caso no se trata de buscar una cuota de paridad sino de contar con laicas debidamente cualificadas.

Este tipo de nombramientos, ¿crean “jurisprudencia”? Es decir, son un síntoma de normalización de la presencia y labor de la mujer en estos ámbitos? 

–La jurisprudencia y la práctica de la Curia Romana podría ser tomada en consideración conforme al c. 19 cuando no exista una prescripción expresa en la ley universal o particular o una costumbre y sea necesario tomar una decisión. Si leemos, los primeros artículos de Pastor Bonus hablan de la posibilidad de adscribir a fieles a los Dicasterios, evidentemente no para los cargos que requieren ordenación sacerdotal, pero si para el resto de los cargos y más aún cuando por la naturaleza del Dicasterio lo hiciera conveniente.

Debería ser un síntoma de normalización los nombramientos de mujeres en cargos de gobierno dentro de la Iglesia, pero aún no lo es. Se están dando pequeños pasos, con el ejemplo que el propio Papa está dando, para que se asuman con normalidad y no se destaque el hecho de que sea una mujer quien ocupe el puesto, sino que se destaquen sus cualidades, formación y experiencia para desarrollar el puesto para el que se le nombra.

Debería ser un síntoma de normalización los nombramientos de mujeres en cargos de gobierno dentro de la Iglesia, pero aún no lo es.

Mónica Montero. Abogada
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