Con esta breve exposición intento acercarme, para ser fiel al título asignado, a aquellas necesidades de la Iglesia, con sus problemas, soluciones y retos que puedan ayudar a conocer las acciones de la misma Iglesia en sus diversas instituciones (obispados, órdenes religiosas, parroquias, Cáritas, grupos de voluntarios) cuya organización, gestión y objetivos se acercan o pueden aproximarse a lo que hoy llamamos Responsabilidad Social de la Empresa. Nos fijaremos de forma particular en las estrategias para dar respuesta a los retos de futuro.
Introducción
Es difícil hacer un estudio pormenorizado de las instituciones de la Iglesia con conclusiones generales en materia económica o propia del campo de la administración de los bienes. Cada Diócesis e Instituto Religioso tiene sus propios métodos y modos de administrar atendiendo al lugar, país y contexto sociocultural al que pertenezca. Por ello, nos referiremos de forma concreta al ámbito español, aportando datos que tienen en parte su origen en la reflexión realizada a partir de la experiencia adquirida por el contacto di- recto con la Administración de una Diócesis concreta y al ámbito de teología moral social, donde me situó como especialista.
De entrada, estoy convencido que son mu- chas las acciones de la Iglesia que se organizan en este sentido, aunque no se hayan acogido a las ofertas organizativas que las instituciones oficiales actuales ofrecen para que estas acciones eclesiásticas puedan considerarse propias de la Responsabilidad Social Empresarial o Corporativa.
En muchos casos, como ocurre con la legislación europea dirigida desde su sede en Bruselas, existen innumerables trabas para reconocer instituciones de Responsabilidad Social Corporativa que lleven un adjetivo calificativo “eclesial” o “religioso”.
El laicismo europeo es una barrera casi infranqueable a las peticiones de organizaciones de la Iglesia católica. Asimismo, aunque los términos “empresarial” o “corporativo” parece que no encajan bien en la función socio-religiosa de la Iglesia, sin embargo tanto en la práctica como en la historia funcionan como acciones sociales organizadas empresarialmente y responden a motivaciones nacidas de una responsabilidad social grupal o comunitaria.
Por otra parte, en la historia de la Iglesia han existido siempre continuas acciones, que demuestran esa dimensión social caracterizada por la responsabilidad grupal comunitaria: en muchos casos creadas por ella misma, y en otros puede considerarse pionera.
Estrategias a utilizar de cara al futuro
Pero la Iglesia, como otras instituciones, tiene dificultades para poner en práctica acciones solidarias en un contexto económico caracterizado por la corrupción y la competencia. Por eso, a continuación nos acercamos brevemente a contemplar algunos problemas con los que se encuentra y algunas propuestas de futuro que respondan a los retos que en la Iglesia vayan surgiendo.
1. Problemas: errores y debilidades
Partimos en nuestra reflexión de algunos datos sociológicos. Uno de los grandes problemas con los que la Iglesia se encuentra es la imagen que de ella se ha creado en España.
La imagen de la Iglesia puede explicar en parte las actitudes de los españoles hacia la presunta riqueza de la misma y el buen vivir del clero.
El estudio más completo que se ha realizado en España sobre las relaciones de la Iglesia española con la sociedad llegó a la conclusión de que la mayor parte de los españoles, un 63 %, opinan que la Iglesia es rica (muy o bastante rica), mientras que algo más de la cuarta parte opinan lo contrario.
Esta percepción generalizada puede ser errónea y carecer de todo fundamento, puede ser heredera de estereotipos ya hoy vacíos y producto de una memoria histórica falseada, pero su influencia en las actitudes y comportamientos de los españoles difícilmente puede discutirse. El aforismo socio-lógico se cumple una vez más: “Cuando la gente define las instituciones como reales, se hacen reales en sus consecuencias” (cfr. González-Blasco y González-Anleo, informe presentado para el estudio social en orden a organizar la aportación de los fieles católicos españoles al sostenimiento económico de la Iglesia, folios fotocopiados pp. 139-144, 1992).
Aunque es de difícil identificación, sin embargo, cabe decir que los críticos son más frecuentes entre los “de dentro”, los propios fieles católicos, entre los que casi la mitad, el 47 %, se declaran molestos.
Esto es debido a la falta de formación y de información o de ambas, o quizás a que el mensaje eclesial de una Iglesia pobre y de los pobres les ha calado más, como es lógico, que a los poco o
nada religiosos.
Sea transparente o no la economía de la Iglesia, hay que denunciar aquí la versatilidad de los españoles en relación con la financiación económica de aquella.
En 1990, sólo un 25 % afirmaba que la aconfesionalidad era incompatible con la ayuda económica del Estado a la Iglesia católica. Opinaban así incluso el 19 % de los creyentes.
En 1996, algo más de la mitad de los españoles pensaban que la Iglesia debía renunciar a las ayudas del Estado, proporción que se inflaba considerablemente si las respuestas provenían de Izquierda Unida o eran arreligiosos.
En este mismo año de 1996, el estudio de SIGMA 2 para la Conferencia Episcopal Española relataba que más de la mitad de los declaran- tes opinaba que la Iglesia disponía de recursos suficientes para desarrollar su labor, y el 17% que tales recursos eran excesivos. No era, pues, de extrañar que el 57 % sostuviera que la Iglesia debía financiarse con las aportaciones de los católicos.
Sea lo que fuere, lo cierto es que la Iglesia católica en España ahorra al Estado y a la Sociedad solamente con los gastos en el cuida- do del patrimonio artísticos más de lo que la Sociedad ayuda a la Iglesia para su mantenimiento. Y esto sin incluir el ahorro inmenso que la Iglesia hace a la sociedad en el campo sanitario, educativo, del voluntariado, etc.
2. Propuestas y soluciones de futuro
Introducimos ahora alguna propuesta y so- lución de futuro que han de partir de algunos principios básicos y métodos hacia el buen uso de los bienes de la Iglesia, de las subvenciones y de la gestión de las mismas.
2.1. Principios básicos
1º. Para abrirse a la Responsabilidad Social Corporativa, se han de crear unas formas generalizadas de cuota personal, familiar e institucional. Los individuos y las instituciones, eclesiales o sociales, han de ser conscientes de su aportación a la Iglesia y a la sociedad.
2º. Todas las instituciones diocesanas han de ser conscientes de ello, ya que todas tienen una relación directa o indirecta con la cuestión económica.
3º. Es importante que los consejos económicos de las parroquias estén formados por seglares, pero no cualquier seglar, sino aquellos que entiendan en cuestiones económicas con diversos niveles de participación: administración, inversión, etc.
4º. Hoy es fundamental, tanto como valor moral como estratégico, la información de la situación económica de todo tipo de institución eclesial (parroquia, cofradía, etc.). Se ha de intentar que los modelos de información sean similares a los que se usan en el campo civil para que la información sea transparente y clara.
5º. La gestión y el sostenimiento económico de las Diócesis ha de correr a cargo de las personas jurídicas de la misma: hermandades, asociaciones, cofradías, santuarios. Para ello, es necesario crear “un ordenamiento económico”.
6º. En orden a su mayor claridad, eficacia e incorruptibilidad es conveniente que se utilicen certificados de las aportaciones a efecto de desgravación y similares en el orden civil.
7º. No ha de olvidarse que la comunicación de bienes es algo esencial en la Iglesia, no sólo de las Iglesias locales entre sí, sino especialmente con las Iglesias más pobres
del mundo.
2.2. Algunas propuestas concretas
Brevemente hacemos alusión a algunas pro- puestas concretas que podrán variar atendiendo al país, la cultura y el contexto social en que la comunidad cristiana se desenvuelva. En todo caso, deberían considerarse en su sentido histórico y dinámico.
1ª. La cuota personal y familiar. El deber de la financiación de la Iglesia depende en gran medida de sus componentes católicos. Esta cuota puede establecerse por los me- dios ordinarios: entidad bancaria, recogida personal, etc. Este tipo de aportación puede completarse con una colecta mensual. Asimismo, deberá existir un soporte especial para aquellos que no han podido asistir al momento de la colecta o aquellos que no sean creyentes y deseen colaborar.
2ª. Supresión de algunas formas de financiación. La razón de esta supresión, según cultura y regiones, radica en la poca relación de las mismas con el estilo propio de la Responsabilidad Social. Se trata de formas que marcan una responsabilidad personal más que comunitaria, históricamente aceptables por el desprendimiento personal que con- lleva: colectas en las misas de los días laborales; colectas con motivo de la celebración de sacramentos; colectas en la celebración de exequias; cepillos; lampadarios a precio superior al del coste.
3ª. Nuevas formas de financiación. Estas nuevas formas reflejan una responsabilidad social y comunitaria más genuina: donativos y ofrendas en las eucaristías de forma anónima; suscripciones periódicas; implantación de cuota familiar, facilitando el medio bancario; utilización de terminales de los bancos; tarje- ta de afinidad para participar en el porcentaje que las entidades bancarias entregan para uso de la misma; mecenazgo de empresas y fundaciones; estimular las donaciones a la Iglesia de legados y herencias de sacerdotes y seglares; homologar los sistemas de colaboración de los movimientos, asociaciones, cofradías, etc.
4ª. Caminos de reflexión. En todo caso, es preciso hacer una reflexión sobre varios aspectos: sobre la necesidad que la Iglesia tiene de medios económicos para cumplir sus fines. Hacer análisis de las necesidades a las que la Iglesia puede hacer frente hoy. Buscar ventajas e inconvenientes de las nuevas formas de colaboración.
En este sentido, la Iglesia necesita buenos asesores en el campo de la inversión. Aun- que hay dificultad existente para encontrar el lugar idóneo para invertir. Es difícil encontrar unos fondos de inversión que sean totalmente limpios. Por ello, en muchas ocasiones será preciso seguir el eslogan que “lo mejor es enemigo de lo bueno”. La Iglesia ha de promover inversiones mixtas: unirse a otras instituciones para invertir sus bienes.
2.3. Las subvenciones económicas a la Iglesia católica
Asimismo se encuentra dificultad, en el caso español, en lo que se refiere a las subvenciones que recibe del Estado. Se ha de reconocer que la Iglesia católica no es solamente la que recibe una financiación directa por parte del Estado. Pero esto no quiere decir que las financiaciones indirectas que reciben otras confesiones sean proporcionalmente inferiores o estén peor reguladas.
En el caso de la Iglesia católica, el mecanismo ideado para ello tiene formales similitudes con un sistema de “impuesto religioso” que en realidad no es tal, ya que siempre está asegurada la financiación directa independientemente del resultado de dicho impuesto, ya que se establece que el Estado podrá asignar a la Iglesia católica un porcentaje del rendimiento de la imposición sobre la renta o el patrimonio neto u otra de carácter personal.
Para ello será preciso que cada contribuyente manifieste expresamente, en la declaración respectiva, su voluntad acerca del des- tino de la parte afectada. En ausencia de esta declaración, la cantidad correspondiente se destinará a otros fines (art 2.2).
Esta última parte queda reformada en la última gestión, distinguiendo y separando los dos destinos. Es claro que no es una cantidad añadida a la que se debe pagar por el impuesto sobre las rentas de las personas físicas, sino que se detrae de dicho impuesto, con lo cual es evidente que no estamos ante un impuesto autónomo.
El mecanismo es artificioso en extremo, sin que tenga ninguna trascendencia práctica, ya que finalmente la Iglesia recibe el mismo dinero, actualizado, que recibía con anterioridad a la implantación de este sistema.
Pero esta no es la única ayuda que la Iglesia recibe del Estado. A esta hay que añadir entre otros el pago de los sueldos de los profesores de religión católica, los capellanes de las fuerzas armadas, en prisiones y en hospitales de lo que nada reciben oficial- mente otras confesiones.
En todo caso, es- tas ayudas son consideradas en proporción a los servicios que dicho personal presta a la sociedad. Por ello, no deberían considerarse ayudas propiamente tales, sino pagos por prestaciones realizadas.
Cuestión distinta es la consideración de las valoraciones económicas que la Iglesia aporta a la sociedad por estos servicios, expresión de la Responsabilidad Social que la misma Iglesia practica desde hace siglos.
Asimismo, en el ordenamiento jurídico y en la praxis social encontramos exenciones fiscales de diversos tributos que se pueden encontrar tanto en la legislación fiscal como en los acuerdos con las otras confesiones religiosas. Esta costumbre supone un reconocimiento por parte de la Sociedad de la acción social y solidaria de la institución eclesial.
Por último, es digno de señalar una referencia a las donaciones. Tanto en el supuesto de que la donación se realice a la Iglesia católica o a favor de las confederaciones que han suscrito acuerdos, un porcentaje (10 %, 15 %) de lo donado podrá ser deducido de la propia declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Hay que tener en cuenta que si se trata de instituciones eclesiásticas sin ánimo de lucro no entran dentro del derecho eclesiástico sino que se acogen al derecho general aplicado a otras instituciones civiles.
3. Retos y conclusiones
Para terminar esta aportación, únicamente me voy a referir a un reto en forma de conclusión, y es aquel que se deduce de la responsabilidad social que nace de la legislación canónica: legislación eclesiástica sobre la responsabilidad de los fieles en el sostenimiento económico de la Iglesia.
Con esta legislación, las posibilidades que la Iglesia tiene de activar y potenciar la responsabilidad social empresarial entre sus instituciones y fieles son enorme.
La historia es testigo de las grandes obras solidarias y responsables que se han hecho y se están haciendo. De todos modos falta poner en funcionamiento la capacidad de imaginación y de generosidad de muchos de sus agentes pastorales y sacerdotes.
El Código de Derecho Canónico señala ante todo el derecho que asiste a la Iglesia de exigir a sus fieles los bienes materiales necesarios para la consecución de sus fines propios: “La Iglesia tiene el derecho nativo de exigir de los fieles los bienes que necesita para sus propios fines” (c. 1260). Este será el marco jurídico desde donde la Iglesia institucional puede fomentar la Responsabilidad Social Empresarial.
Estos fines propios de la Iglesia vienen a coincidir con la misión que le ha sido encomendada por Jesucristo, su Fundador y se despliegan en cuatro ámbitos (cfr. c. 1254,2):
a) dar culto a Dios, principalmente mediante la oración pública de la Iglesia y los sacramentos: son necesarios lugares para el ejercicio del culto y diversos medios materiales bienes muebles para su ejercicio
b) sustento de aquellas personas que se dedican por entero a un ministerio en la Iglesia, principal- mente los clérigos;
c) obras de apostolado, tendentes a la predicación del Evangelio y a la formación en la fe;
d) obras de caridad, especialmente con los más necesitados, testimoniando así el modo de vida propio de los discípulos de Jesús.
A este derecho, lógicamente, corresponde la obligación de todo fiel cristiano de colaborar económicamente al sostenimiento de la Iglesia. Así, el c. 222, § 1, ubicado en los derechos fundamentales de los fieles, dice: “Los fieles tienen el deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades. De modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad y el conveniente sustento de los ministros”. Este canon es una expresión del quinto mandamiento de la Santa madre Iglesia: “Ayudar a la Iglesia en sus necesidades”.
Y el obispo diocesano debe urgir a los fieles este deber (cfr. c. 1261, § 2). En cuanto a la forma concreta de contribución, aparte de señalarse un principio de libertad (c. 1261, § 1) para que puedan hacer las aportaciones que crean oportunas, se determina que la Conferencia Episcopal puede dictar normas al respecto: “Presten ayuda a la Iglesia los fieles mediante las subvenciones que se les pidan y según las normas establecidas por la Conferencia Episcopal” (c. 1262).
La Conferencia Episcopal no ha dado ninguna norma al respecto. A tenor del canon citado, puede hacerlo sin pedir mandato especial a la Santa Sede, pero el Decreto deberá ser revisado por ella (cfr. c. 455).
Por otra parte, el Obispo diocesano puede, en caso de grave necesidad y oído el Colegio de Consultores y el Consejo de Asuntos Económicos, imponer una contribución extraordinaria y moderada a las personas físicas sometidas a su jurisdicción (c. 1263). En todo caso, al recibir ofrendas de los fieles debe tenerse en cuenta que ha de respetarse escrupulosamente la voluntad del donante, por lo que no es lícito destinarlas a un fin distinto: “Las obligaciones hechas por los fieles para un fin determinado sólo pueden destinarse a ese fin” (c. 1267, § 3).
En conclusión, son muchas las actividades responsables que la Iglesia y sus instituciones están realizando en el presente. Son más las que podría realizar en el marco de la Responsabilidad Social Empresarial teniendo en cuenta la capacidad solidaria que ha demostrado a lo largo de los siglos.
Pero la Iglesia necesita tener confianza en sí misma, valorar lo que está haciendo, eliminar complejos en su relación con la sociedad y hacer que los poderes consideren la acción social de la Iglesia como una aportación eficaz para construir la sociedad participativa.
En este sentido, deberá saber utilizar los instrumentos propios de la sociedad civil, aun consciente de que se expone a los riesgos propios de una sociedad económica salvaje y compleja. Por este camino podrá equivocarse, como huma- na que es, pero acertará si se une al proceso potenciado por las instituciones que valoran y promueven la Responsabilidad Social Empresarial.
Vicario general de la diócesis de Segovia