En una jornada sobre la tutela jurídica de los derechos fundamentales organizada por la Sección de Derecho Canónico del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, el profesor José Ignacio Rubio habló sobre el derecho a la vida en Estados Unidos. Su ponencia se tituló “El derecho a la vida del no nacido en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo norteamericano: de Roe a Dobbs (1973-2022)”.
La ponencia del profesor Rubio comenzó con una cita de Benedicto XVI: “Fue en Europa donde se formuló por primera vez la noción de derechos humanos. El derecho humano fundamental, el presupuesto de todos los demás derechos, es el derecho a la vida misma. Esto vale para la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. En consecuencia, el aborto no puede ser un derecho humano; es exactamente lo opuesto, es una profunda herida social” (Benedicto XVI, Discurso al Cuerpo Diplomático en Viena, 7 de septiembre de 2007).
Precisamente ese derecho principal y sagrado a la vida es el que los tribunales estadounidenses negaron el 22 de enero de 1973 a través de la sentencia Roe v. Wade. Esta sentencia ha tardado cinco décadas en anularse.
Las premisas de Dobbs v. Jackson
Tras un largo camino, la Corte Suprema de Estados Unidos anuló en 2022 la sentencia Roe v. Wade a través de una nueva decisión, Dobbs v. Jackson. En esta sentencia se establecieron varias premisas, según explicó el profesor Rubio.
Entre ellas, se encuentra, en primer lugar, que el aborto no es un derecho federal. El aborto como derecho carece de fundamento en la Constitución, en la historia y en la tradición de la nación. De hecho, a lo largo de la historia estadounidense el aborto se consideró, en algunas etapas, como un delito.
En las enmiendas que se han hecho a la Constitución tampoco se puede fundamentar un supuesto derecho al aborto, como explican los jueces en Dobbs v. Jackson. José Ignacio Rubio señala que todo esto lo que demuestra es que el aborto se convirtió en “una libertad decretada por el Supremo como si fuera un órgano legislativo”.
Otra de las premisas señaladas fue el respeto a la soberanía estatal. Tras explicar la decimocuarta enmienda de la Constitución de Estados Unidos, relacionada con la protección de la vida, el profesor Rubio señala que, según algunos autores, el aborto es, además, inconstitucional porque va en contra de dicha enmienda.
Por otro lado, el ponente señaló que la sentencia Dobbs v. Jackon guarda silencio en relación a otros posibles derechos. Al contrario de lo que algunas voces intentaron denunciar. Por lo tanto, esta decisión de la Corte Suprema no afecta a la contracepción, a la libertad en las relaciones sexuales o a las uniones de personas del mismo sexo.
Estados Unidos después de Dobbs
José Ignacio Rubio mencionó algunos de los posibles escenarios que se pueden dar en Estados Unidos tras la sentencia de Dobbs v. Jackson. Cada Estado legislará la materia según considere y, respetando la jurisprudencia, pueden ocurrir tres cosas diferentes: que el aborto sea prohibido por completo en un Estado; que esté permitido por el momento, dado que las leyes para el cambio se encuentran bloqueadas en los órganos legislativos; o que el aborto sea enteramente legal, o legal con límites.
El profesor Rubio explicó rápidamente la situación actual de Estados Unidos facilitando los datos de la legislación vigente. Así, explicó que:
-El aborto es legal, siguiendo el criterio de la viabilidad del bebé, en 15 Estados.
-El aborto es legal hasta la semana 24 en 4 Estados.
-Hasta la semana 22 en 7 Estados.
-Hasta la semana 20 en 1 Estado.
-Es legal hasta la semana 18 en Utah.
-El aborto está permitido hasta la semana 15 en 2 Estados.
-Está permitido hasta la semana 6 en Georgia.
-El aborto es legal sin límite gestacional en 5 Estados y en la capital, Washington D.C.
-El aborto es ilegal en 13 Estados.
Una grave injusticia
Al final de la ponencia, José Ignacio Rubio explicó algunas de las razones por las que considera que el aborto es una gran injusticia, mencionando en primer lugar que este (mal llamado) derecho, en realidad, “priva del derecho a la vida al no nacido”. Además, “lesiona la integridad y la salud física y psíquica de la madre, incluso si el acto es consentido”. Por otro lado, la injusticia se comete contra toda la comunidad, puesto que se le priva de un bien y “se inyecta a la sociedad con una dosis de violencia”. Y, por último, el aborto es una grave injusticia porque “atenta contra un derecho de Dios”.