Vaticano

Hacia el veredicto del “juicio del siglo” en el Vaticano. Lo que hay que saber

El veredicto de culpabilidad o inocencia de los diez acusados y cuatro empresas relacionadas con el conocido como caso Becciu se dará a conocer el 16 de diciembre aunque será más tarde cuando se conozca el veredicto completo con las motivaciones y alegaciones.

Andrea Gagliarducci·14 de diciembre de 2023·Tiempo de lectura: 5 minutos

Lucia Bozzi, Venerando Marano, Giuseppe Pignatone y Carlo Bonzano, jueces del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, escuchan los procedimientos el 16 de marzo de 2023 ©Vatican Media

Lo han llamado el «juicio del siglo». Sin embargo, en realidad el proceso vaticano por la gestión de los fondos de la Secretaría de Estado es más bien un juicio de derecho mercantil, en el que las acusaciones más frecuentes son las de corrupción, fraude y malversación.

Aun así, el proceso ha alcanzado resonancia internacional porque por primera vez un cardenal, Angelo Becciu, ha sido acusado en un tribunal vaticano. Hasta el motu proprio del papa Francisco del 30 de abril de 2021, de hecho, los cardenales solo podían ser juzgados por la Casación vaticana, que es un colegio de tres cardenales. 

El veredicto, es decir, la declaración de «culpabilidad» o «inocencia» de los diez acusados y cuatro empresas en prisión preventiva, se dará a conocer el 16 de diciembre. En cambio, el veredicto completo, con las motivaciones, debería publicarse unos meses más tarde.

La parte dispositiva, sin embargo, tendrá que ser interpretada, porque los cargos son muchos, a veces cruzados e implican a varios acusados, y están sujetos a cambios.

También es posible que el tribunal decida que determinados delitos no son exactamente los que figuran en el escrito de acusación previsto por el promotor, decidiendo penas más leves o simplemente declarando que los hechos cometidos no son constitutivos de delito. Para ello, primero hay que entender en qué consiste el juicio. 

Un juicio, tres juicios

Los investigadores han seguido tres pistas, muy distintas entre sí y todas relacionadas con el tema de la «gestión de los fondos de la Secretaría de Estado». 

La primera pista es la más importante: la inversión de la Secretaría de Estado en las acciones de un palacete de lujo en Londres por unos 200 millones de euros. La inversión se entregó primero al agente Raffaele Mincione y luego al agente Gianluigi Torzi. Torzi, a su vez, se hizo con las acciones de la inversión y se quedó sólo con las mil acciones con derecho a voto, manteniendo así el control total de la propiedad.

Por ello, la Secretaría de Estado decidió comprar las acciones y hacerse con el control del edificio. La negociación que llevó a la Secretaría de Estado a pagar a Torzi una indemnización por la pérdida de las acciones fue considerada «extorsión» por los investigadores vaticanos. A continuación, la Santa Sede vendió el palacio sin llevar a cabo las operaciones de desarrollo previstas (la inversión no era tanto en el palacio en sí, sino en un proyecto para ampliarlo y reasignar su uso a fines de alquiler) por un precio inferior al valor de mercado. Según el Promotor de Justicia del Vaticano, la pérdida para la Santa Sede oscilaría entre 139 y 189 millones de euros. 

La segunda pista se refiere a la asignación de fondos de la Secretaría de Estado por valor de 125.000 euros a Cáritas de Ozieri, en Cerdeña, diócesis de origen del cardenal Angelo Becciu. El dinero fue destinado por Cáritas a SPES, una cooperativa vinculada a Cáritas que realiza trabajos sociales, y se destinó a sufragar los gastos de una panadería creada para crear puestos de trabajo para los marginados, y a la construcción de una «ciudadela de la caridad». El delito sería de malversación, porque según la acusación Becciu utilizó el dinero de la Secretaría de Estado para fines personales y para enriquecer a su familia.

La tercera pista se refiere a la contratación por parte de la Secretaría de Estado de Cecilia Marogna, una autodenominada experta en inteligencia que decía colaborar en la liberación de algunos rehenes, entre ellos el de la hermana Cecilia Narváez, la monja colombiana secuestrada en Malí en 2017. La mujer, según la Fiscalía, habría gastado para sí misma dinero que había destinado la Secretaría de Estado para concluir las operaciones de liberación.

Lo que arriesgan los acusados

El promotor de justicia del Vaticano ha pedido penas totales de 73 años y un mes de prisión, además de diversas inhabilitaciones y multas. Según el promotor de justicia Alessandro Diddi, el hilo conductor de estas tres líneas de investigación es siempre y únicamente el cardenal Angelo Becciu. Poco importa que Becciu estuviera implicado en la operación del palacio londinense sólo al principio, porque fue bajo su gestión cuando se inició la compraventa de las acciones del edificio.

Precisamente porque el cardenal nunca ha dado muestras de arrepentimiento, se ha solicitado para él la máxima pena posible: 7 años y 3 meses de prisión, inhabilitación para cargo público, multa de 10329 euros y una petición de confiscación de 14 millones.

Para René Bruelhart, ex presidente de la Autoridad de Inteligencia Financiera, se han solicitado 3 años y 8 meses de prisión, inhabilitación temporal para cargo público y multa de 10329 euros.

Para Tommaso Di Ruzza, director de la Autoridad de Inteligencia Financiera, se han solicitado 4 años y 3 meses de prisión, inhabilitación temporal para cargo público y multa de 9600 euros.

Para Monseñor Mauro Carlino, que era secretario del diputado en el momento de la operación, se solicitan 5 años y 4 meses de prisión, inhabilitación perpetua para cargo público y 8.000 euros de multa.

A Enrico Craso, que era director financiero de la Secretaría de Estado a través de Credit Suisse, se le piden 9 años y 9 meses de cárcel, 18.000 euros de multa e inhabilitación perpetua para cargo público, según el escrito de acusación.

Cecilia Marogna, se enfrenta a 4 años y 8 meses de prisión, inhabilitación perpetua para cargo público y multa de 10.329 euros.

Para el corredor Raffaele Mincione se solicitan 11 años y 5 meses de prisión, inhabilitación perpetua para cargo público y multa de 15450 euros, mientras que Gianluigi Torzi se enfrenta a 7 años y 6 meses de prisión, inhabilitación perpetua para cargo público y multa de 9000 euros. 

Para el abogado Nicola Squillace, que afirmó haber actuado en nombre de la Secretaría de Estado, 6 años de prisión, suspensión del ejercicio de su profesión y 12500 euros de multa. 

La pena más alta solicitada fue para el funcionario de la Secretaría de Estado Fabrizio Tirabassi: 13 años y 3 meses de prisión, inhabilitación perpetua para cargo público y 18750 euros de multa. 

Además, la Secretaría de Estado del Vaticano, la Administración para el Patrimonio de la Sede Apostólica y el Instituto para las Obras de Religión se han unido al proceso como demandantes civiles: la primera ha pedido una indemnización por los daños de imagen causados por las operaciones de entre 97 y 177 millones de euros, mientras que el IOR ha solicitado la restitución de 206 millones de euros y casi un millón de euros por daños morales y de reputación al Instituto.

Las defensas

Las defensas han señalado lo que consideran contradicciones en la reconstrucción del promotor de Justicia, y han pedido todas ellas la absolución de sus defendidos, por dos motivos principales: porque el hecho no existe, y porque el hecho no es constitutivo de delito.

Según las defensas, no hubo delito de inversión, ni se presentó prueba alguna de que las pérdidas en la compra del edificio fueran constitutivas de delito. La defensa también hizo hincapié en que no había pruebas de que el cardenal Angelo Becciu y su familia hubieran recibido fondos ilegalmente, por lo que no se le podía acusar de malversación de fondos. Por último, las defensas acusaron al promotor de justicia del Vaticano de elaborar un teorema, sin tener en cuenta el resultado de la vista.

A partir de la sentencia, se comprenderá la resistencia del sistema judicial vaticano. Si se demuestra que las investigaciones están caracterizadas por la parcialidad, como dicen las defensas, esto podría debilitar el propio sistema judicial vaticano. Ya un juez de Londres, Baumgartner, en procedimientos relacionados con este proceso, ha calificado las conclusiones de las investigaciones como una caracterización errónea, una acusación que el promotor de Justicia devuelve al remitente. 

La presencia de no menos de cuatro rescriptos papales que han cambiado a toda prisa las reglas de la investigación es también una cuestión importante. Los rescriptos sólo conciernen a este juicio. Pero, ¿puede un juicio justo caracterizarse realmente por decisiones extemporáneas?

El autorAndrea Gagliarducci

Newsletter La Brújula Déjanos tu mail y recibe todas las semanas la actualidad curada con una mirada católica
Banner publicidad
Banner publicidad