Derechos a plazos

Si la protección de la vida humana no sustenta el estado de Derecho ningún otro supuesto "derechos" será realmente justo.

10 de mayo de 2023·Tiempo de lectura: 2 minutos
aborto

Que todos los seres humanos gozamos, de manera intrínseca, con una dignidad y unos derechos inviolables hoy no se lo cree nadie. Al menos, en el espectro político y legislativo vigente en gran parte de Occidente. 

Hay quien piensa – y legisla o ampara leyes- que uno no es ser humano, persona, hasta que otro lo decida: ya sea la mujer que lo gesta, el Estado, abogados, políticos o médicos. Hay quien defiende que no puedes comerte un huevo porque “potencialmente” es un pollito, pero que no se despeina al afirmar que un embrión de 12 semanas no es un ser humano. O simplemente, no es un ser humano con derechos. 

Al parecer, en el ordenamiento jurídico español actual, los derechos los “obtienes” a plazos, como las lavadoras: un día se te puede matar libremente y al siguiente ya es un poco más difícil. El problema de todo esto reside en que los plazos son, por ende, pactados por mayorías, y terminan cediendo a una asimilación de la idea como un derecho fuera del tiempo.

También Hitler sabía que aquellos a los que encerraba o ejecutaba sin miramientos (judíos, homosexuales, gitanos… ) eran humanos, pero, según su criterio, sus derechos debían estar sometidos al querer o a la “mejora de la vida” de otros. En ese caso no se hablaba de plazos, es cierto, pero sí de procedencias o tendencias. Tanto monta – monta tanto. El argumento, adornado con mejor o peor acierto, no ha cambiado mucho. 

La afirmación de la nota del Tribuna Constitucional a este efecto señala que “existe una limitación gradual de los derechos constitucionales de la mujer en función del avance de la gestación y el desarrollo fisiológico-vital del feto, así como en atención a la posible aparición de circunstancias que implican una afectación extraordinaria de los derechos de la mujer” (circunstancias como que tenga Síndrome de Down, que lo hace “menos digno de ser protegido” aún). Subyace la idea de que el niño por nacer es el enemigo. El enemigo a batir.

El Tribunal Constitucional español, con su “consagración” del “derecho al aborto” no sólo ha pasado a legislar en contra de sí mismo, elevando a categoría de derecho, es decir, algo bueno y defendible, lo que antes era “despenalizado”, un mal que no se penalizaba por algún supuesto “de mayor peso”.

En ningún momento se habla de ayudas a la maternidad, de soporte psicológico para atender el embarazo o de leyes de conciliación. Lo que afirma el Tribunal Constitucional, en el fondo, es que hay personas con derecho constitucional a vivir y personas con derecho constitucional a eliminar a otros; sin ofrecer alternativas a esas mujeres o incluso presionando para que el aborto sea su elección, casi de manera inconsciente. 

Cabe recordar aquellas palabras de Benedicto XVI en la celebración del Jueves Santo de 2010: “Los cristianos, como buenos ciudadanos, respetan el derecho y hacen lo que es justo y bueno. Consiste en que rechazan lo que en los ordenamientos jurídicos vigentes no es derecho, sino injusticia”.

Si la vida, como fundamento de todo derecho no es “para todos y todas”, hombres y mujeres nacidos o no; si la protección de la vida: prenatal, infantil, con problemas psíquicos, con alteraciones vitales, anciana o impedida no sustenta el derecho de un pueblo, entonces sí que no podremos hablar de Justicia, de Paz, de Derechos Universales. Porque éstos, no se pagan a plazos.

El autorMaria José Atienza

Redactora Jefe en Omnes. Licenciada en Comunicación, con más de 15 años de experiencia en comunicación de la Iglesia. Ha colaborado en medios como COPE o RNE.

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